Condiciones para que los ciudadanos no representados en terceros países obtengan un documento provisional de viaje de la UE

El Blog de José Carlos Fernández Rozas

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El DO de 20 de junio de 2019 publica la Directiva (UE)  2019/997 del Consejo de 18 de junio de 2019 por la que se establecen normas sobre las condiciones y el procedimiento para que los ciudadanos no representados en terceros países obtengan un documento provisional de viaje de la UE («DPV UE»), y se conforma un modelo uniforme de dicho documento.

Debe recordarse que la Decisión 96/409/PESC de los representantes de los gobiernos de los Estados miembros reunidos en el seno del Consejo, estableció la creación de un documento provisional de viaje de formato uniforme para que los Estados miembros lo expidieran a ciudadanos de la Unión en el territorio de países en los que el Estado miembro de nacionalidad de dichos ciudadanos no tuviera representación diplomática o consular permanente. Pero en la actualidad se considera oportuno actualizar las disposiciones de dicha Decisión y establecer un formato DSCN6673más moderno y seguro…

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